La medida, que ya fue publicada en el Diario Oficial, apunta a desincentivar el uso excesivo de celulares y fortalecer la convivencia escolar en los establecimientos.
Con el inicio del año escolar 2026 comenzará a regir en todo el país la nueva normativa que prohíbe el uso de celulares en establecimientos educacionales.
Se trata de la Ley N° 21.801, publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero, que modifica la Ley General de Educación con el objetivo de regular y restringir el uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal en jardines infantiles, colegios y liceos.
La medida apunta a desincentivar el uso excesivo de celulares, fortalecer la convivencia escolar y promover la interacción social, especialmente durante las actividades curriculares y los recreos.
La normativa incorpora el artículo 10 bis a la Ley General de Educación y establece que:
La prohibición se aplicará especialmente durante el desarrollo de actividades curriculares dentro de la sala de clases y se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa.
Además, cada establecimiento deberá actualizar su reglamento interno para establecer medidas concretas, mecanismos de aplicación y sanciones ante incumplimientos.
Los colegios tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para adecuar sus reglamentos internos conforme a las instrucciones que imparta la Superintendencia de Educación.
La ley define como dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal aquellos medios tecnológicos que:
Esto incluye principalmente teléfonos celulares, pero también otros aparatos con funciones similares como tablets.
La prohibición no es absoluta. La nueva normativa contempla cinco situaciones excepcionales en que el uso de celulares podrá ser autorizado:
Necesidades educativas especiales: Cuando el estudiante requiera el dispositivo como ayuda técnica para su aprendizaje. Esto deberá acreditarse mediante certificado de un profesional competente y contar con autorización del director.
Emergencias, desastres o catástrofes: En situaciones excepcionales que requieran comunicación inmediata.
Condiciones de salud: Si el estudiante presenta una enfermedad diagnosticada que requiera monitoreo periódico mediante un dispositivo móvil. Se exigirá certificado médico y autorización correspondiente.
Fines pedagógicos: Cuando el uso del celular sea útil para actividades curriculares o extracurriculares en educación básica o media. En estos casos, deberá estar expresamente autorizado por el establecimiento.
Razones de seguridad personal o familiar: Si el padre, madre o apoderado lo solicita de manera fundada y temporal. También requerirá autorización del director.
En el caso de la educación media, los reglamentos internos podrán establecer espacios, horarios o actividades específicas en que el uso esté permitido, considerando la autonomía progresiva de los estudiantes.