Hasta $150 mil por Bono de Término de Conflicto: Estos trabajadores pueden recibirlo - Chilevisión
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16/02/2026 18:00

Hasta $150 mil por Bono de Término de Conflicto: Estos trabajadores pueden recibirlo

Tras finalizar su trámite, la Ley 21.806 fue publicada en el Diario Oficial el 5 de febrero. Con ello, entró en vigencia la normativa que fija el reajuste de las remuneraciones para el sector público, además de aguinaldos y beneficios.

Publicado por CHV Noticias

El jueves 5 de febrero fue publicada en el Diario Oficial la ley que otorga un reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, además de aguinaldos y otros beneficios que se señalan en el documento.

Los funcionarios recibirán un reajuste total de 3,4%, compuesto por un 2% retroactivo desde diciembre de 2025, y un 1,4% a contar de junio del presente año, además de los beneficios económicos asociados.

Quiénes reciben el bono por término de conflicto

En el marco del reajuste, la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) señaló que esta ley también considera un Bono de Término de Conflicto.

En el texto legal, esto se materializa como un bono especial, que se paga una sola vez, que es no imponible, con tramos definidos y con un pago “a más tardar en el mes siguiente a la fecha de publicación” de la ley.

La Ley N° 21.806 establece que los montos son:

    • Quienes tengan una remuneración líquida de noviembre de 2025 igual o inferior a $963.060: Reciben $150.000.
    • Quienes superen ese umbral y tengan remuneración líquida bajo la condición de no exceder $3.511.800 brutos de carácter permanente (en los términos definidos por la norma): Reciben $75.000.

De cuánto es el reajuste de las remuneraciones

El reajuste será de un 3,4% total, estableciendo que este incremento se aplicará de forma escalonada. Un 2% a contar del 1 de diciembre de 2025 y un segundo reajuste de 1,4% desde el 1 de junio de 2026.

Este cambio modificará “a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de las trabajadoras y los trabajadores del sector público”.