La Dirección del Trabajo (DT) es la encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa, aunque nada impide que las empresas que lo deseen implementen desde ya horarios más acotados.
Dentro de nueve semanas entrará en vigencia la segunda etapa de la Ley 21.561, también conocida como Ley de 40 horas, que busca reducir de manera gradual la jornada laboral de 45 horas.
Esta legislación contempla una disminución gradual de las horas de trabajo, por lo que en abril de 2026 se alcanzarán las 42 horas y ya en 2028 la Ley tendrá plena vigencia cuando se implementen las 40 horas de trabajo semanales.
La reducción de la jornada se implementará de forma gradual en un periodo de 5 años, hasta llegar a las 40 horas. Esta reducción horaria será de la siguiente manera:
De todas maneras, nada impide que las empresas reduzcan la jornada de trabajo semanal a 40 horas antes de las fechas indicadas en la propia Ley.

Este artículo en el Código del Trabajo ha sido modificado, otorgando el derecho a una jornada laboral a todos los trabajadores. De todas maneras, se señala que quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo:
Sí, puedes negociar. La distribución de la jornada en 4 días de trabajo y 3 días de descanso puede implementarse de manera inmediata y voluntaria en las empresas que ya operen con las 40 horas semanales de jornada laboral.
Eso sí, desde el Ministerio del Trabajo señalan que esta medida debe ser de mutuo acuerdo entre las partes, es decir, entre el trabajador y la jefatura.