Los beneficiarios reciben un subsidio total de 170 UF, el cual se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF, y que podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años.
El subsidio de arriendo (DS.52) es un aporte temporal que entrega el Estado de Chile a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda.
Las personas beneficiadas reciben un subsidio total de 170 UF (6.678.960 millones de pesos), el cual se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF, y que podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años.
De esta forma, las familias deben pagar mensualmente una parte del valor del arriendo de la vivienda porque la otra es cancelada con el subsidio obtenido. Este aporte del Estado permite el cambio de vivienda a cualquier región del país y postular, en un futuro, a un subsidio para comprar una vivienda.
Cabe señalar que el valor máximo de la vivienda a arrendar no podrá superar las 11 UF ($432.168), sin embargo, este monto, así como el aporte que entrega mensualmente el Estado, pueden variar según la localización geográfica de la comuna donde se encuentre la vivienda.
Requisitos para postular al subsidio de arriendo
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros.
- Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.
- Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, la cual debe estar a nombre del postulantes, cónyuge o conviviente civil.*
* La cuenta de ahorro para la vivienda debe tener al menos un mes de antigüedad para postular y el monto debe ser en UF. El ahorro mínimo de 4 UF debe estar depositado a más tardar el mes anterior a la postulación.
- Tener un ingreso económico familiar entre 7 y 25 UF. Por cada integrante familiar que excede de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF.
Cómo se postula al subsidio de arriendo
- Se debe abrir una cuenta de ahorro para la vivienda y depositar en ella su ahorro.
- Solicitar orientación sobre este programa habitacional y consultar por las fechas de postulación.
- Conocer el porcentaje de calificación socioeconómica de su Registro Social de Hogares (RSH). Para ello puede visitar registrosocial.gob.cl, llamar al 800 104777 o dirigirse a su municipalidad.
- El trámite de postulación se puede hacer a través de Internet, para lo cual es necesario contar con la Clave Única que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, además de cotizaciones previsionales informadas en línea por la SUPEN (Superintendencia de pensiones) y certificación de ahorro en instituciones financieras que tengan convenio de consulta (Banco Estado, Scotiabank, Coopeuch y Caja Compensación Los Andes). Una segunda alternativa es postular personalmente en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu o en las instituciones públicas que este organismo habilite para estos efectos.
Pasos a seguir en el subsidio de arriendo
Se deben seguir seis pasos los cuales puedes encontrar acá. El primero de ellos es buscar una vivienda en el mercado inmobiliario. Recuerda que el valor del arriendo mensual no puede superar las 11 UF, es decir, $432.168 aproximadamente.
Tanto la vivienda como el arrendador deben cumplir con los siguientes requisitos:
La vivienda debe:
- Tener Rol de Avalúo del SII con destino habitacional. Puede solicitar en el SII el certificado de avalúo fiscal.
- Contar con Certificado de Recepción Final (solicitar en Dirección de Obras Municipales, DOM).
- Tener como mínimo 3 recintos conformados, esto es, zona estar-comedor-cocina un baño y un dormitorio.
- No tener prohibición de arriendo ni orden de embargo.
Por su parte, el arrendador:
- Debe ser dueño de la vivienda.
- No debe estar beneficiado con un subsidio de arriendo vigente.
- No debe tener un vínculo de parentesco con quien aplica el subsidio de arriendo, como tampoco con algún integrante de su grupo familiar.