¿Dónde voto en la segunda vuelta de las Elecciones 2025? Consulta AQUÍ con tu RUT - Chilevisión
Publicidad
12/12/2025 07:22

¿Dónde voto en la segunda vuelta de las Elecciones 2025? Consulta aquí con tu RUT

Quienes no ejerzan su voto este domingo arriesgan una importante multa económica. Para evitar confusiones, el Servel tiene habilitada una plataforma de consulta que puedes revisar acá.

Publicado por Fernanda Valdenegro

La segunda vuelta de la Elección Presidencial 2025 se llevará a cabo este 14 de diciembre, día en que la ciudadanía elegirá al presidente de Chile por el periodo 2026-2030.

En esta ocasión, al igual que en la primera vuelta, el voto es de carácter obligatorio. Esto quiere decir que todos quienes estén habilitados para votar, deben hacerlo. 

Quienes no cumplan con su deber este domingo, arriesgan una multa que va de los 0,5 a las 1,5 unidades tributarias mensuales (UTM), es decir, entre $35.000 y $103.000.

Consulta AQUÍ: ¿Dónde voto en las Elecciones Presidenciales 2025?

En vísperas de las elecciones 2025, el Servicio Electoral (Servel) tiene habilitado un sistema de "Consulta de Datos Electorales" en el que puedes revisar los datos correspondientes al nombre de tu local de votación, dirección y la mesa donde te corresponder ejercer tu voto. 

Para acceder a él solo debes ingresar a su sitio web en este enlace o pinchando la imagen de abajo y seguir los siguientes pasos:

  • Escribir tu RUT, sin puntos y con guion
  • Completar el ReCaptcha
  • Pinchar en "Consultar"

¿A qué hora inicia y termina la votación?

El balotaje se realizará solo el día domingo 14 de diciembre y las mesas de votación deben ser constituidas a las 8:00, misma hora a la que los electores pueden comenzar a votar.

En tanto que el cierre de mesas está previsto para las 18:00 horas, sin embargo, si una persona está en la fila al interior de centro de votación, su mesa debe permitir su voto.

¿Hay excusas válidas para no votar?

En esta segunda vuelta el voto es obligatorio, por lo que todos los ciudadanos que puedan emitir su sufragio, están obligados a hacerlo, con algunas expepciones.

La principal excepción para no participar del proceso es encontrarse a más de 200 kilómetros de distancia del local de votación correspondiente.

En tal caso, deberás ser citado por el Juzgado de Policía Local después de la elección, momento en el que deberás probar que estabas a más de 200 kilómetros a través de una constancia en Carabineros.

Otros casos excepcionales son:

  • ​Que te encontrabas fuera del país el 14 de diciembre.
  • Certificados o licencias médicas por causa de alguna enfermedad.
  • Que desempeñabas funciones encomendadas por la ley electoral el día de las elecciones.
  • Que cuentas con calificación o certificación de discapacidad.
  • Que te encontrabas afecto a cualquier otro impedimento grave que será debidamente ponderado por el juez.