La medida, que aplica al 10% de los hogares de mayores consumos, busca incentivar un uso responsable del recurso hídrico en un contexto de crisis de escasez.
La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SiSS) informó que ya está vigente la reducción del umbral de sobreconsumo de agua potable en Aguas Andinas, bajando de 40 a 30 metros cúbicos mensuales por cliente.
La medida, que aplica al 10% de los hogares de mayores consumos, busca incentivar un uso responsable del recurso hídrico en un contexto de crisis de escasez.
La modificación, incorporada en el nuevo Decreto Tarifario de Aguas Andinas, establece que el límite de sobreconsumo será el mayor valor entre 30 m³ al mes y el consumo mensual promedio de invierno de cada cliente. Quienes superen este umbral deberán pagar un recargo por los metros cúbicos excedentes.
Por ejemplo, una familia que en verano consume 42 m³ mensuales, y que antes pagaba sobreconsumo por solo 2 m³, ahora deberá hacerlo por 12 m³.
Según la SiSS, la medida no afecta al consumo promedio nacional, que se mantiene en torno a los 14 m³ mensuales por hogar, sino que apunta al grupo minoritario de usuarios con consumos más elevados.
El superintendente de Servicios Sanitarios, Jorge Rivas, explicó que el cambio tarifario “responde a la necesidad urgente de cuidar el agua”, destacando que ya está vigente y se aplicará especialmente en los meses de verano, cuando se eleva el consumo.
“Esta política tarifaria no busca castigar, sino educar y anticipar una realidad en que el agua ya no puede seguir usándose como un recurso infinito”, agregó la autoridad.
El nuevo Decreto Tarifario, que fue tomado de razón por la Contraloría el 14 de agosto de 2025, rige con efecto retroactivo desde el 1 de marzo de este año, por lo que los cambios ya están siendo aplicados en las cuentas de los usuarios.