Bono Post Laboral: Revisa si puedes recibir los $98.670 de por vida si eres pensionado - Chilevisión
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23/05/2025 18:21

Bono Post Laboral: Revisa si puedes recibir los $98.670 de por vida si eres pensionado

Este beneficio económico está dirigido a trabajadores que se pensionaron por vejez o invalidez y cumplieron ciertos requisitos antes de dejar el mundo laboral. Revisa quiénes califican, cómo postular y cuándo se paga.

Publicado por CHV Noticias

El Bono Post Laboral es uno de los beneficios que entrega el Estado a funcionarios del sector público con bajas tasa de reemplazo en sus pensiones.

Se trata de un bono mensual que se entrega por toda la vida, no es imponible, ni tampoco constituye indemnización o renta.

Su monto, que se reajusta cada año y depende del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para este 2025 corresponde a $98.670 mensuales.

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Quiénes lo pueden recibir

Según señala la Superintendencia de Pensiones en su sitio web, pueden acceder a este beneficio funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.

Requisitos para recibir el Bono Post Laboral

De igual manera, aquellos que deseen optar a la ayuda deben cumplir con los siguientes puntos:

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

Cómo solicitar el Bono Post Laboral

Según señala la misma entidad, el beneficio debe ser solicitado “dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión”.

Para efectuar la solicitud, esta debe hacerse mediante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones.

Tras esto, es la Superintendencia de Pensiones la que se encarga de calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del funcionario.