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“Pornovenganza”: El delito que denunció Camila Flores y cómo se sanciona en Chile

La ley hace referencia a la difusión de imágenes sexuales sin consentimiento, donde hay dos sanciones: Una por el registro y otra por la publicación. 

A través de sus redes sociales, Camila Flores publicó un video donde acusó a su expareja, Percy Marín, de grabar y difundir imágenes íntimas sin consentimiento, hecho que llevó a la justicia.

“Es increíble lo que el despecho y la falta de entendimiento pueden provocar. Cuando una persona no quiere estar con otra y la relación se termina, no significa que se deba destruir la vida de otro”, cuestionó.

La senadora recibió el apoyo inmediato de Judith Marín, ministra de la Mujer y Equidad de Género, que condenó el hecho y lo consideró “inaceptable”.

De hecho, la “Ley Integral” (21.675 ), que tiene por objetivo la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en razón de su género, establece que el Ministerio de la Mujer debe velar por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de violencia de género.

Sanciones por la filmación y difusión de contenido intimo

Esta ley contiene un apartado de “violencia sexual”, donde se tipifica la difusión de imágenes sexuales sin consentimiento, donde hay dos sanciones: Una por el registro y otra por la publicación. 

Se castigará con la pena de prisión (hasta 60 días) y multa de 5 a 10 UTM ($357.530 a $715.060) al que sin autorización expresa exhiba un registro de imágenes o sonidos en que se representa una acción sexual que involucra a otro o imágenes íntimas de connotación sexual, independiente de como haya sido obtenido”, se indica.

Además, se expresa que en caso de envío, difusión o publicación de dicho registro, se impondrá la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 11 a 20 UTM ($786. 566 a $1.430. 120).