“Hijo de extranjero transeúnte”: Defensoría de la Niñez advierte riesgos ante circular del Registro Civil
Desde el organismo enfatizaron en que “los niños y niñas nacidos en Chile no pueden ver condicionado el ejercicio de sus derechos por interpretaciones administrativas que los sitúen en una posición de mayor vulnerabilidad”.
Este viernes, la Defensoría de la Niñez expresó su preocupación ante la circular N°14 del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Esta instruye a las delegaciones regionales respecto de la nacionalidad en el proceso de inscripción de nacimientos de niños cuyos padres estén en situación migratoria irregular para que figuren como “hijo de extranjero transeúnte”.
¿Qué dijo la Defensoría de la Niñez?
Al respecto, a través de un comunicado, indicaron que esta categoría aplica a personas que nacieron en territorio chileno, cuyos padres “se encuentran de paso, turismo o sin intención de establecerse, situación que dista de aplicarse a personas que habitan desde hace años en Chile”.
La institución aseguró que se trata de una medida “preocupante, pues representa un retroceso respecto de los avances que el Estado ha venido impulsando en materia de protección de derechos de niños y niñas en contexto de movilidad humana”.
La Defensoría advirtió que este criterio genera riesgo de apatridia, lo que afecta el ejercicio de derechos fundamentales de los niños en materias como educación y salud.
En esa misma línea, argumentaron que la carga de activar mecanismos de revisión u oposición queda en las familias, siendo el Estado quien debería garantizar los derechos fundamentales de niños y niñas “independiente de la condición migratoria de los padres”.
“Es deber del Estado garantizar desde el inicio la protección efectiva del derecho a la nacionalidad, a la identidad y a la no discriminación, sin trasladar a las familias la responsabilidad de reclamar por derechos que deben ser resguardados oportunamente”, indicaron.
La Defensoría hizo hincapié en que “la aplicación de esta Circular debe ser revisada estrictamente conforme a la normativa nacional y a los estándares internacionales de derechos humanos”.
Finalmente, concluyeron: “Los niños y niñas nacidos en Chile no pueden ver condicionado el ejercicio de sus derechos por interpretaciones administrativas que los sitúen en una posición de mayor vulnerabilidad”.