¿Eres madre y tienes más de 65 años? Así puedes cobrar el Bono por Hijo
A este beneficio económico pueden acceder las mujeres de 65 años o más. Revisa acá todos los detalles.
El Bono por Hijo es un beneficio del Estado al cual pueden acceder las mujeres de 65 años o más, donde se puede solicitar la bonificación por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado para aumentar el monto de la pensión.
En el caso de hijos adoptados, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono por Hijo?
1- Estás afiliada a una AFP y obtuviste tu pensión a partir del 1 de julio de 2009:
- Si adicionalmente recibes un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto de este beneficio podría verse afectado, ya que el Bono por Hijo incrementa el monto de la pensión de vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV.
- Si estuviste pensionada con Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente en que ingresen los fondos en tu cuenta de capitalización individual. Una vez que tu cuenta quede en cero, cuando se acabe el monto del Bono por Hijo, podrás solicitar nuevamente la Garantía Estatal. La AFP debe gestionar la nueva solicitud con anticipación para asegurar la continuidad del pago de la pensión.
2- Eres titular de una Pensión Garantizada Universal (PGU):
- Si pierdes la PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, debido a que se calcula como una renta vitalicia, dirígete a una sucursal ChileAtiende y solicita que el bono se ajuste a un valor de 3 Unidades de Fomento (UF) hasta que se agoten los fondos correspondientes.
3- No estás afiliada a un régimen previsional, recibes una PGU, y una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a partir del 1 de julio de 2009:
- Si recibes una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentas con una PGU, puedes solicitar el Bono por Hijo afiliándote a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si falleces; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
- Si pierdes la Pensión de Sobrevivencia o PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, tienes la opción de dirigirse a una sucursal ChileAtiende y solicitar que la bonificación se ajuste a 3 UF hasta que se agoten los fondos correspondientes.
¿Cómo se calcula el monto del Bono por Hijo?
El bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo y/o hija, el que equivale al 10 % de 18 Ingresos Mínimos Mensuales (para quienes trabajen y tengan entre 18 y 65 años). Se calcula de la siguiente forma:
- Si tu hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de su nacimiento.
Revisa con tu Rut si puedes acceder al Bono por Hijo
Puedes revisar con tu RUT si puedes solicitar el bono haciendo clic en la siguiente imagen.