Aguinaldo de Navidad 2026: monto, requisitos y quiénes lo reciben
Los beneficiarios del aguinaldo podrían aumentar en $16.415 por cada carga familiar que se tenga acreditada al 30 de noviembre de 2026.
Menos de dos meses quedan para la Navidad, festividad donde los pensionados del IPS reciben un monto de dinero adicional junto con su pensión de diciembre.
El monto base es de $29.055, que aumentará en $16.415 por cada carga familiar que se tenga acreditada al 30 de noviembre de 2026.
Es importante señalar que recibirás el pago solamente si estás pensionada o pensionado al 30 de noviembre de 2026. Este dinero no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni para las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).
Requisitos para acceder al aguinaldo de Navidad para pensionados
Te corresponderá el Aguinaldo de Navidad si al 30 de noviembre de 2026 eres pensionada o pensionado:
- Del Instituto de Previsión Social (IPS): Pensión Garantizada Universal (PGU), Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o Subsidio de Discapacidad.
- De una ex caja de previsión o ex Servicio de Seguro Social.
- Por un accidente del trabajo (Ley N° 16.744), a cargo de una mutualidad de empleadores o del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- De reparación: Ley Valech y Ley Rettig.
- De una AFP o compañía de seguro con garantía estatal (siempre y cuando recibas PGU), o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- De la Dirección de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
¿Qué sucede en el sector privado con el aguinaldo?
Para las y los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación legal, como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones.
No obstante, como trabajadora o trabajador del sector privado, puedes tener derecho a recibir aguinaldo de Navidad en caso de que:
- Esté contemplado en tu contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puedes exigirlo a tu empleador (empresa) como un derecho.