Cumplirá pena en libertad: Condenan a “profanador de tumbas” del cementerio general
Diego Alejandro Soto fue condenado por el 3° Juzgado de Garantía de Santiago producto de daños a monumentos nacionales, ultraje de sepultura y ultraje de cadáver.
El denominado “profanador de tumbas”, Diego Alejandro Soto Montero, fue condenado a 450 días de reclusión menor tras grabarse vandalizando sectores del Cementerio General. Sin embargo, dicha pena la cumplirá en libertad tras acceder a la medida sustitutiva de remisión condicional.
La sentencia fue dictada por la jueza suplente María Alejandra Cruz Vial, del 3° Juzgado de Garantía de Santiago, en un procedimiento abreviado que contempló tres penas de 150 días cada una y una multa de dos UTM ($140 mil aprox.).
De acuerdo a lo estimado por la justicia, dentro de los delitos probados, se le condenó por alteración o daños a monumentos nacionales tras el ultraje de sepultura y ultraje de cadáver.
Cumplirá en libertad: Condenan a “profanador de tumbas” a 450 días de reclusión menor
Los hechos ocurrieron en mayo de 2025, cuando Soto, conocido también como “Madame Castel”, se viralizó por grabarse patinando sobre el mausoleo del expresidente Salvador Allende en el Cementerio General.
En los videos difundidos se veían rayones y daños en la estructura del monumento, además de maniobras en skate realizadas directamente sobre la tumba del exmandatario.
Las imágenes también dieron cuenta de cómo el condenado manipuló los restos de otro difunto sepultado en el patio 26 del recinto, desde donde retiró la tapa y la rejilla de una bóveda antigua para utilizarlas como rampa.
¿En qué consiste la remisión condicional?
De acuerdo a lo estipulado por ChileAtiende, la remisión condicional de pena consiste “en la sustitución del cumplimiento de la pena privativa de libertad por la observación y asistencia de la persona condenada ante Gendarmería de Chile”.
En la misma línea, se considera que podrán optar a esta sustitución quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Que la sentencia condenatoria no exceda los tres años.
- No haber sido condenado o condenada anteriormente por crimen o simple delito.
- Tener buenos antecedentes personales y de conducta.
Publicación de archivo cuando ocurrieron los hechos.
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