Corte Suprema advierte “graves errores” en proyecto de ley por acusaciones falsas laborales: Estos son los argumentos
El máximo tribunal formuló observaciones a la iniciativa, que está en primer trámite constitucional, y advirtió que podría desalentar las denuncias laborales legítimas.
El pleno de la Corte Suprema emitió un informe con el resultado de su análisis del contenido del proyecto de ley que “sanciona las acusaciones falsas en materia laboral y modifica el Código Penal y el Código del Trabajo del modo que indica”.
Se trata de una iniciativa presentada en mayo de este año en el Congreso por los senadores Enrique Lee, María José Gatica, Vanessa Kaiser, Karim Bianchi y Miguel Ángel Calisto.
Está en primer trámite constitucional y busca tipificar como “fraude procesal laboral” la presentación de denuncias y demandas basadas en hechos falsos, con el fin de proteger la honra y asegurar la igualdad en juicios.
Los reparos de la Suprema a proyecto por acusaciones falsas
Para el pleno de ministros, existe una nomenclatura confusa al usar términos como falsedad, temeridad, malicia y calumnia sin distinción, además de aludir erróneamente a la figura de la querella, pues no existe procesalmente en el ámbito penal.
La Corte también advierte que una norma señala que una persona será responsable si presenta una denuncia sabiendo que los hechos son falsos o actuando con una negligencia grave al verificar la información.
Sin embargo, otra disposición permitiría aplicar las sanciones solamente porque los hechos no fueron probados durante el juicio o porque finalmente se estableció que eran falsos.
El máximo tribunal reconoció que deben existir mecanismos para sancionar a quienes abusan del derecho a demandar, consignó el Diario Constitucional.
Sin embargo, advirtió que la regulación debe ser cuidadosa, porque podría provocar que muchas personas no se atrevan a acudir a la justicia por temor a ser castigadas si pierden el juicio.
También advierte que la iniciativa no es clara sobre qué tipo de acciones podrían ser sancionadas. Algunas disposiciones se refieren a cualquier demanda laboral, mientras otras limitan a los procedimientos de tutela de derechos fundamentales o despido.
Finalmente, califica de erróneo tramitar la solicitud como incidente o juicio monitorio, dado que no es “una cuestión accesoria ni de baja cuantía”, sino un asunto nuevo y complejo.