¿Estás cesante? A estos bonos puede acceder una persona que se encuentra sin trabajo - Chilevisión
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23/07/2025 14:21

¿Estás cesante? A estos bonos puede acceder una persona que se encuentra sin trabajo

Se trata de tres opciones a las cuales puede acceder una persona que se encuentre sin trabajo y estas son: Seguro de Cesantía, Fondo de Cesantía Solidario y Subsidio de Cesantía. 

Un 8,9% alcanzó el desempleo en Chile durante el trimestre marzo – mayo de 2025, sin dudas, una cifra preocupante, sin embargo, los cesantes tienen opciones para recibir ingresos durante este complejo escenario.

Se trata de tres opciones a las cuales puede acceder una persona que se encuentre sin trabajo y estas son: Seguro de Cesantía, Fondo de Cesantía Solidario y Subsidio de Cesantía. 

Seguro de Censantía

Es un seguro a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que protege al trabajador en caso de quedar sin empleo, si tu contrato se rige por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o eres trabajadora o trabajador de casa particular.

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Para solicitar este seguro se debe efectuar la solicitud en la sucursal virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) o acudir presencialmente a una de sus oficinas. 

Fondo de Cesantía Solidario 

El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) entrega beneficios de acuerdo con los montos mínimos y máximos que establece la ley a personas trabajadoras afiliadas al Seguro de Cesantía y que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual, al momento de perder su trabajo por las siguientes causales:

  • Necesidad de la empresa.
  • Quiebra del empleador.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.

Para hacer uso de este beneficio, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Las tres últimas deben ser continuas con el mismo empleador.

Subsidio de Cesantía

Este subsidio permite a los trabajadores que se encuentran cesantes acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a:

  • Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
  • Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
  • Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.

El beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o Caja de Compensación), que también será la encargada de su pago, por mes vencido, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta que se cumplan los 360 días.

Requisitos para acceder a este subsidio

  • Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).