Seguirá detenido: Tribunal rechazó suspender procedimiento legal por presunta “enajenación mental” de atacante en Calama
El Tribunal determinó que no se logró acreditar la inimputabilidad del joven de 18 años que es el único procesado tras el ataque en el Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama.
Durante la tarde de este jueves, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó de forma unánime el recurso de apelación del único imputado por el crimen de María Victoria Reyes en Calama.
Los hechos ocurrieron a fines de marzo, cuando el detenido atacó a Reyes, la inspectora del Instituto Obispo Silva Lezaeta e hirió a otras cuatro personas, entre ellos tres alumnos.
Los antecedentes del fallo
La defensa del joven de 18 años, cuyas iniciales son H.C.M.L, presentó un recurso de amparo con el que pretendía suspender el procedimiento penal argumentando que el atacante sufre de enajenación mental.
Al respecto, el Tribunal señaló: “La inimputabilidad por enajenación mental (…) no se satisface con la sola acreditación de diagnósticos clínicos”.
En esa misma línea, agregaron: “Sino con la plausibilidad de que tales antecedentes permitan inferir, en relación con el hecho investigado, una incapacidad de comprensión o de autodeterminación relevante para excluir responsabilidad penal”.
Además, añadieron: “La norma no exige certeza de inimputabilidad para suspender el procedimiento, sino antecedentes ‘calificados’ que permitan presumirla fundadamente”.
Es por ello que el joven tendrá que enfrentarse a cargos por homicidio calificado consumado y cuatro en calidad de frustrados, permaneciendo en prisión preventiva por los 180 días que fueron decretados para la investigación.