La Jueza Explica: ¿Cómo presiono para que me paguen la pensión alimenticia? - Parte 1 - Chilevisión
MENÚ PROGRAMA

La Jueza Explica: ¿Cómo presiono para que me paguen la pensión alimenticia? - Parte 1

Patricia tuvo una relación de más de 14 años y tras la separación él llegó a deber más de 4 millones de pesos en pensión, pero todo se solucionó. Lo volvieron a intentar pero su cariño no prosperó. Esta vez los debe más de 2 años del pago del dinero de sus hijos. Tras la segunda separación sacó a la luz algo que tenía guardado en lo más íntimo: Violencia intrafamiliar.

Jueves 25 de junio de 2015 | 10:11

Patricia tuvo una relación de más de 14 años y tras la separación él llegó a deber más de 4 millones de pesos en pensión, pero todo se solucionó. Lo volvieron a intentar pero su cariño no prosperó. Esta vez los debe más de 2 años del pago del dinero de sus hijos. Tras la segunda separación sacó a la luz algo que tenía guardado en lo más íntimo: Violencia intrafamiliar.

Las agresiones venían desde el pololeo, y continuaron 14 años, hasta que su ex pareja la dejó. Tras la mediación y luego que el juzgado planteara un monto de pensión, ellos volvieron a entablar una relación amorosa, pero las agresiones volvieron y nada prosperó. Las amenazas de no pago continuaron.

LA JUEZA EXPLICA 

Carmen Gloria Arroyo en su pizarra explicó en el estudio de La Mañana de Chilevisión los detalles del caso y enseñó los aspectos de la ley que regula las pensiones alimenticias. "Como ordena el tribunal, en el monto que debe y de la forma que debe ser", dijo sobre la forma del pago de pensiones.

Hay dos formas de pago:

Depósitos que deben ser realizados en las fechas indicadas por el monto indicado en una cuenta indicada por el tribunal.

Retención judicial es un oficio que manda el tribunal al empleador donde establece la suma de dinero a descontar de la planilla del sueldo. Hay obligaciones para el empleador como para el alimentante, que paga la pensión, que deberán avisar al tribunal si hay algún cambio pero nunca considera el no pago. Siempre se mantiene la obligación de pagar.

Si no paga existen apremios:

Reclusión nocturna de 15 días, tras esto debe pagar la deuda más intereses. Pero si aun así no hay pagos, la deuda sigue y no baja el monto, sino que va aumentando por los intereses. Y además se puede solicitar la suspensión de la licencia de conducir, la retención de la devolución de impuestos y se puede demandar a los abuelos e incluso a la conviviente o nueva pareja. Esta última tiene como fin concientizar por la vía familiar a los deudores.

Publicidad
Publicidad
Publicidad

RELACIONADOS

Publicidad
Publicidad