Tres aportes económicos para cesantes que pueden recibir en marzo sin postulación
El Fondo de Cesantía Solidario, Seguro de Cesantía Solidario y Subsidio de Cesantía están disponibles quienes no cuentan con trabajo actualmente. El trámite se realiza con el RUT y Clave Única en el sitio web de la AFC.
Miércoles 4 de marzo de 2026 | 16:57
El Estado cuenta con diferentes apoyos económicos para las personas que encuentran sin trabajo y que se pueden solicitar durante todo el mes de marzo.
Se trata de subsidios, seguros o fondos que aportan un monto directo al bolsillo de sus beneficiarios que se encuentren sin trabajo, sin necesidad de postulación.
Los tres beneficios son: Fondo de Cesantía Solidario, Seguro de Cesantía Solidario y Subsidio de Cesantía.
Para realizar las gestiones con cualquiera de los tres, es necesario ingresar con el RUT y ClaveÚnica del beneficiario a la sucursal virtual de AFC.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía permite a trabajadores cesantes acceder a una ayuda mensual, por un máximo de 360 días, cumpliedo estos requisitos:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022. Para contratos firmados después de esa fecha, aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía está dirigido a afiliados de la Administración de Fondos de Cesantía (AFC) que tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Para recibir este beneficio debes cumplir con lo siguiente:
- Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
Fondo de Cesantía Solidario
Otra opción es el Fondo de Cesantía Solidario, que es un fondo común, propiedad de todos los afiliados de AFC Chile. Entrega beneficios económicos a trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual, al momento de perder su trabajo por las siguientes causales:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato que haya terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.