Tras la reiteración del Gobierno de negar decretar Estado de Excepción en el norte, acá te explicamos quién decide realmente y bajo qué criterios.
Durante la jornada del martes, el Gobierno una vez más, mediate el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, descartó aplicar el mecanismo de Estado de Excepción en la zona norte, desatando el apoyo de algunos, y las críticas de otros tantos.
“(…) Creemos que el Estado tiene otras herramientas distintas al Estado de Excepción que permite abordar la situación que se vive en la región de Antofagasta”, fue lo que indicó este martes Monsalve.
Sumado a ello, el complejo estado de la Zona Macro Sur continúa abultando el debate.
En ese contexto, acá te explicamos de qué se trata esta medida y quién o quiénes son los encargados de decretarla:
¿Qué es el Estado de Excepción?
En palabras simples, los Estados de Excepción Constitucional (E.E.C), son mecanismo a través de los cuales se altera la situación de normalidad y regularidad de los derechos y libertades de las personas garantizadas por la Constitución Política, debido a razones extraordinarias y graves, con la finalidad de proteger otro bien mayor y reestablecer la calma.
¿Cuáles son las situaciones de emergencia bajo el cuál se aplica?
La Constitución actual (1980) contempla 4 situaciones de emergencia. Estas son: Estado de Asamblea (Guerra externa), Estado de Sitio (Guerra interna o grave conmoción interior) , Estado de Emergencia (Alteración del órden público) y Estado de Catástrofe (Calamidad pública). Cada uno responde a situaciones de riesgo distintas.
¿Cuál es su duración?
Este tipo de medidas tienen una duración limitada y pueden terminar anticipadamente luego que el riesgo o peligro esté normalizdado.
Puede llegar a durar 15 días y es posible prorrogarlo por 15 días más.
¿Quién está facultado para aplicar el Estado de Excepción?
Las situaciones de crisis facultan al Presidente de la República a decretar alguno de estos Estados pero no lo obligan, la Carta Fundamental siempre utiliza la expresión “podrá”. A su vez, en el caso del Estado de Asamblea y el Estado de Sitio, el ejecutivo deberá contar con el acuerdo del Congreso Nacional.