5 bonos del IPS para mujeres mayores de 40 años: Revisa si puedes recibirlos
Si eres mujer sobre los 40 años y estás buscando recibir algún aporte económico extra, estos cinco bonos del Estado están pensados para ti. Te contamos los requisitos y cómo solicitarlos.
Viernes 18 de julio de 2025 | 17:31
Las mujeres son uno de los grupos para los cuales están destinadas gran cantidad de ayudas monetarias entregadas por el Estado, en especial, las que pertenecen al grupo etario por sobre los 40 años.
Se trata de cinco aportes distintos, la Asignación Familiar, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), el Subsidio Familiar (SUF), el Bono por Hijo y el Bono Bodas de Oro, los cuales están disponibles para ser reclamados por quienes cumplan con sus requisitos.
1. Asignación Familiar
Es un monto de dinero entregado por cada carga familiar reconocida, a trabajadores dependientes, independientes y pensionados, además de las personas beneficiarias de distintos subsidios.
Los montos entregados por familia dependerán de los ingresos y oscilan entre los $4.119 a $21.243 mensuales.
Revisa los requisitos
- Trabajador dependiente del sector público y privado.
- Trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
- Trabajador independiente que cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
- Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
- Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
- Trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
- Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.
- También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
Reconoce tus cargas
Puedes hacer el trámite para reconocer tus cargas familiares y recibir la Asignación Familiar haciendo clic aquí e ingresando con tu ClaveÚnica.
Ver también: IPS entrega bono de $220 mil a mayores de 60 años: Revisa quiénes pueden recibirlo
2. Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
Se trata de un beneficio disponible para personas entre los 18 y 64 años, que cuenten con una declaración de invalidez y que no tengan derecho a una pensión de un régimen previsional.
El pago es de $224.004 y se elevará a $250.000 mensuales a partir de septiembre de 2025.
Revisa los requisitos
- Tener entre 18 y 64 años.
- No tener derecho a una pensión en ningún régimen previsional como titular o persona beneficiaria de una pensión de sobrevivencia.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 80% más vulnerable de la población, determinado por el puntaje de focalización.
- Acreditar 5 años como mínimo de residencia en Chile durante los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Solicitar la PBSI
Puedes revisar si cumples con los requisitos y solicitar el beneficio haciendo clic aquí.
3. Subsidio Familiar (SUF)
Corresponde a una ayuda mensual de $21.243 por carga y de $42.486 si se trata de una persona con discapacidad, destinada a padres o tutores sin previsión social.
Revisa los requisitos
Para ser beneficiario de este subsidio, el menor debe cumplir con los siguientes criterios:
- Ser menor de 18 años.
- Niños y niñas hasta los ocho años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
- Niños y niñas mayores de seis años deben acreditar que son estudiantes regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
- Pertenecer al 40% más vulnerable de acuerdo con la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares.
Se entrega de manera automática y sin postulaciones, solo es necesario cumplir con ciertos requisitos. Puedes revisar si cumples con los requisitos haciendo clic aquí.
4. Bono por Hijo
Es una ayuda destinada a mujeres de 65 años o más, y se paga por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado, con el objetivo de aumentar el monto de su pensión.
El monto del beneficio dependerá de la fecha del sueldo mínimo vigente para la fecha de nacimiento del hijo. Si nació antes del 1 de julio de 2009, este corresponderá a $165 mil mensuales.
Revisa los requisitos
- Ser madre y haber cumplido 65 años.
- Tener cédula de identidad vigente. Si el trámite es realizado por una apoderada o apoderado, necesitará un poder notarial.
- Debes haber residido en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumpliste 20 años. Asimismo, tienes que haber residido en Chile al menos cuatro de los últimos cinco años previos a la solicitud de la bonificación.
- Adicionalmente, se exigirá que te encuentres en alguno de estos escenarios:
- Estar afiliada a alguna AFP y haber obtenido tu pensión desde el 1 de julio de 2009.
- Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) (que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez).
- Si no estás afiliada a un régimen previsional debes recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.
Puedes revisar si cumples con los requisitos y solicitar el beneficio haciendo clic aquí.
5. Bono Bodas de Oro
Es un beneficio destinos a parejas que demuestren que llevan 50 años de matrimonio y corresponde a $445.352 repartidos en parte iguales para cada cónyuge.
Revisa los requisitos
- No estar separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Estén en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Cónyuges que convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Cónyuges que acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Puedes solicitar el beneficio haciendo clic aquí.