Elecciones 2025: Así funcionará el comercio este domingo 16 de noviembre
Este domingo se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias en Chile, y con ello se aplican normas especiales para el funcionamiento del comercio y los derechos laborales.
Sábado 15 de noviembre de 2025 | 16:55
Este domingo 16 de noviembre se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias en Chile, y con ello se aplican normas especiales para el funcionamiento del comercio y los derechos laborales. En esta jornada electoral, el comercio se encuentra sujeto a regulaciones específicas que combinan el estatuto del feriado electoral y la protección del derecho al sufragio.
De acuerdo con la Dirección del Trabajo (DT), los centros comerciales, malls y strip centers administrados por una misma persona jurídica deberán permanecer cerrados, mientras que otros locales pueden operar con normalidad, siempre que garanticen los derechos de sus trabajadores.
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¿Cómo funcionará el comercio en las elecciones presidenciales?
De acuerdo con la normativa vigente, el día de las elecciones es un feriado legal. Sin embargo, no todos los comercios están obligados a cerrar.
Los comercios que estarán cerrados el 16 de noviembre:
- Aquellos que se encuentran dentro de un centro o complejo comercial (malls, strip centers) administrados bajo una única razón social o persona jurídica.
Los comercios que funcionarán con normalidad:
- Supermercados, grandes tiendas o locales independientes que no dependan de un complejo con administración centralizada.
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Derechos de los trabajadores y sanciones por incumplimiento
Los comercios o recintos habilitados para abrir el 16 de noviembre, deberán cumplir ciertas obligaciones para que el personal pueda ejercer su derecho al voto.
Para quienes trabajan ese día:
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Los locales que deben estar cerrados por ley no podrán operar, y sus trabajadores tienen derecho al descanso por feriado legal.
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Si deben trabajar (por ejemplo, en turnos especializados o en locales que sí están autorizados), los trabajadores tienen derecho a al menos tres horas continuas para acudir a votar, sin descuento ni menoscabo de su salario.
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Las sanciones por incumplimiento para empleadores pueden ir desde 3 UTM hasta 60 UTM, según el tamaño de la empresa.