Fondo de Cesantía Solidario: Revisa los requisitos para recibir dinero si quedas sin empleo

Conoce además cómo acceder a este apoyo estatal que te entrega ingresos en el período en que estás sin trabajo.

Si te encuentras sin trabajo actualmente, puedes optar a distintos apoyos estatales para recibir ingresos durante este período. Entre ellos, el Fondo de Cesantía Solidario.

Con el objetivo de apoyar a quienes quedaron sin empleo, este beneficio exige estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Fondo de Cesantía Solidario?

Si estás cesante, puedes acceder al bono solo en el caso de no tener recursos suficientes en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Además, el Fondo de Cesantía Solidario se entrega si fuiste despedido por alguna de las siguientes causales:

  • Necesidad de la empresa.
  • Quiebra del empleador.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.

Asimismo, para hacer uso del beneficio, debes contar con diez cotizaciones pagadas, y de esas, las últimas tres deben ser continuas con el mismo empleador.

De igual manera es primordial activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) una vez que se solicita el beneficio, aceptando las oportunidades laborales y de capacitación.

¿En qué casos no se puede acceder al Fondo de Cesantía Solidario?

  • Ser empleado o empleada pública.
  • Ser funcionario o funcionaria de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajador o trabajadora independiente.
  • Persona menor de 18 años.
  • Pensionado o pensionada (excepto en casos de invalidez parcial).
  • Trabajador o trabajadora en práctica.

¿Cómo postular al Fondo de Cesantía Solidario?

Si cumples con los requisitos y quieres acceder al fondo, tienes dos opciones.

1. Consultar con tu RUT o ClaveÚnica en la sucursal virtual del sitio web de la AFC

2. En alguna sucursal de la AFC, presentar tu cédula de identidad y el finiquito o cualquier otro documento que acredite tu cesantía, tales como:

  • Carta de despido.
  • Carta de renuncia.
  • Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.
  • Certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.