Acusación Constitucional contra Grau: Oposición obtiene mayoría en comisión que revisará el libelo

El ex ministro de Hacienda contará con un plazo de hasta diez días para presentar su defensa ante la comisión revisora, ya sea de manera presencial o por escrito.

Este miércoles, la Cámara de Diputadas y Diputados definió a los integrantes de la comisión que revisará la acusación constitucional presentada en contra de Nicolás Grau, exministro de Hacienda.

Seleccionados por sorteo a través de una tómbola, los legisladores integrantes de esta comisión especial debrán revisar el libelo para luego deliberar respecto a su procedencia.

Así, el secretario general de la Cámara, Miguel Landeros, realizó el sorteo y de los cinco integrantes, tres resultaron ser de la oposición. Estos son:

  • Carlos Bianchi (Independiente)
  • Marcela Hernando (Partido Radical)
  • Alejandro Bernales (Partido Liberal)
  • Luis Sánchez (Partido Republicano)
  • Joanna Pérez (Demócratas)

¿Qué sigue en la acusación constitucional?

A partir de esta jornada comienza a regir el plazo de tres días para que la Cámara notifique, personalmente o por cédula, al exministro de Hacienda.

Una vez notificado, el otrora secretario de Estado tendrá diez días de plazo para concurrir ante la comisión encargada de la acusación, en forma personal o por escrito, para presentar su respuesta.

Luego, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, se seleccionaron por sorteo (tómbola) a los integrantes de la comisión especial.

Posteriormente, la comisión especial tendrá seis días para revisar el libelo y pronunciarse sobre este, entregando su recomendación a la Sala.

De qué se acusa a Nicolás Grau

El primer capítulo lo acusa de infringir el artículo 8° de la Constitución Política, por la entrega de información fiscal inconsistente en vulneración de los deberes de probidad, transparencia e integridad en la gestión financiera del Estado.

El segundo, por la infracción del artículo 3º del Decreto Ley 1.263, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, por vulneración de los principios de unidad y coordinación que rigen la dicha administracipon financiera.

El tercer capítulo, a su vez, acusa a Grau de infringir el artículo 4° del citado decreto ley, por omisión de obligaciones y compromisos financieros relevantes en contravención al principio de universalidad presupuestaria.

El cuarto capítulo, en tanto, se refiere a la infracción al artículo 5° del mismo decreto, por vulnerar el deber de consistencia y coherencia de la programación financiera del Estado.