Elecciones 2025: Lo que NO debes hacer al sufragar si no quieres ser detenido

Este domingo millones de ciudadanos deberán acudir obligatoriamente a las urnas. A continuación te detallamos lo que no debes hacer al ir a votar en estas Elecciones 2025.

Sábado 15 de noviembre de 2025 | 16:47

Este domingo 16 de noviembre se llevarán a cabo las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025, instancia en la que más de 15 millones de ciudadanos habilitados para sufragar deberán asistir obligatoriamente a las urnas. 

A raíz de lo anterior es que resulta importante recordar qué prácticas están prohibidas dentro de los locales de votación y que, de realizarse, la persona arriesga ser detenida y multas que van de 1 a 3 UTM, es decir, entre $69.000 y $207.000 aproximadamente. 

Sacar fotografías al voto, realizar propaganda política en el centro electoral y falsificar documentos son solo algunos de los comportamientos más frecuentes que NO están permitidos

Ver también: ¿Lejos de tu local de votación? Esto debes hacer en Comisaría Virtual para excusarte en las Elecciones 2025

Elecciones 2025: La acción que debes evitar si no quieres ser detenido al sufragar

Tomar una foto al voto es una acción que cada vez se hace más común durante los días de elecciones. Sin embargo, es un comportamiento que está prohibido, y de hacerlo se arriesga a ser detenido junto a una multa económica.

La ley es clara al establecer que en cualquier elección popular, quien venda o decida su voto por dinero sufrirá la pena de "reclusión menor en su grado mínimo y multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales". 

En la misma línea, se agrega que "se presumirá que ha incurrido en esta conducta el elector que, en el acto de sufragar, sea sorprendido empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de la preferencia que pueda señalar o haya señalado en la cédula".

Es decir, quienes hayan tomado una foto del voto como muestra de su elección. 

Ver también: ¿Revisaste si eres vocal de mesa? Multa por no presentarse puede superar los $500 mil

Otras acciones que están prohibidas al votar 

De acuerdo a lo escrito en la legislación, también serán causa de castigo y multa las siguientes conductas:

  • El que vote más de una vez en una misma elección o plebiscito.
  • El que suplante la persona de un elector o pretenda llevar su nombre para sustituirlo.
  • El que confeccione actas de escrutinio de una Mesa que no hubiere funcionado.
  • El que falsifique, sustraiga, oculte o destruya algún Padrón de Mesa, acta de escrutinio o cédula electoral.
  • El que se apropie de una urna que contenga votos emitidos que aún no se hubieren escrutado.
  • El que suplante a la persona del delegado de la Junta Electoral o de uno de los miembros de una Mesa o Colegio.
  • El que tuviere cédulas electorales en circunstancias que no sean las previstas por la ley.

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