Adultos mayores pueden obtener $98.670 mensuales de por vida: Los requisitos para recibir el bono

El Bono Post Laboral es un aporte monetario mensual para trabajadores mayores de 60 años. ¿Quiénes lo pueden recibir? Conoce todos los detalles acá.

Lunes 23 de junio de 2025 | 11:43

El Bono Post Laboral es un aporte monetario mensual para trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. El bono se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.

Su monto, que se reajusta cada año y depende del Índice de Precios al Consumidor (IPC), para este 2025 corresponde a $98.670 mensuales.

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¿Quiénes pueden recibir el Bono Post Laboral?

Según el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, las personas que pueden recibirel Bono Post Laboral son funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.

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Bono Post Laboral: ¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder al Bono Post Laboral, los funcionarios públicos deben cumplir con una serie de requisitos:

  • Ser afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP.
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas anteriormente.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

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