Corte Suprema condenó a ticketera por Festival Frontera 2016: Ordenó indemnizar a clientes afectados
En un fallo unánime, el máximo tribunal concluyó que la empresa actuó como intermediaria en la venta de entradas para el evento y, por lo tanto, debe responder frente a los consumidores afectados.
07.07.2026 / 11:30 Cristóbal Galleguillos
La Corte Suprema acogió este lunes un recurso de casación y condenó a la ticketera Punto Ticket por la afectación a consumidores por la suspensión y reprogramación del Festival Frontera 2016.
La decisión fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del máximo tribunal, que revocó una sentencia anterior que había acogido la excepción de falta de legitimación pasiva presentada por la empresa.
En su fallo, la Corte concluyó que Punto Ticket actuó como intermediaria en la venta de entradas para el evento y, por lo tanto, debe responder frente a los consumidores afectados.
La responsabilidad de la ticketera
Uno de los aspectos centrales de la resolución apunta a que la responsabilidad de la empresa no depende de que haya actuado con negligencia ni de que exista una condena previa contra la productora a cargo del espectáculo.
En ese sentido, la Suprema sostuvo que “la conducta del intermediario es irrelevante, sin que interese si fue o no diligente o si cumplió con las obligaciones que le eran propias”, agregando que su responsabilidad “es de carácter objetivo o legal”.
El fallo también recalca que la ley busca ampliar las posibilidades de reparación para los consumidores, señalando que “el intermediario responderá directamente frente al consumidor”.
Asimismo, los ministros descartaron el argumento de que la responsabilidad de la ticketera dependiera de establecer previamente quién era la productora responsable del festival.
“La responsabilidad del intermediario es independiente del proveedor principal”, afirmó la resolución, añadiendo que, independientemente de cuál fuera la empresa organizadora, existió una productora respecto de la cual Punto Ticket actuó como intermediaria y que finalmente no concretó el evento en las condiciones originalmente ofrecidas.
Consumidores serán compensados
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema determinó que “se ha afectado el interés colectivo de los consumidores tras la suspensión y reprogramación del Festival Frontera 2016”.
Por ello, ordenó que Punto Ticket pague las indemnizaciones y compensaciones correspondientes a los grupos de consumidores afectados, además de los reajustes e intereses contemplados en la legislación vigente.
Cabe recordar que Festival Frontera 2016 se iba a desarrollar originalmente el 3 de diciembre de ese año en el Club Hípico de Santiago, con un cartel que incluía nombres como Emir Kusturica, Mon Laferte, Perotá Chingo, Gondwana y Sum 41, entre otros. Sin embargo, faltando sólo días para el evento, se anunció su reprogramación y posterior suspensión.