Contraloría concluye que Steinert excedió su facultad al solicitar nomina detallada de detectives PDI

El ente fiscalizador, además, se refirió a la desvinculación de la ahora ex prefecta general de la PDI, Consuelo Peña, resolviendo que esta se “ajustó a derecho”.

La Contraloría General de la República estableció que la exministra de Seguridad, Trinidad Steinert, no se ajustó “a las atribuciones y funciones” de su cargo en una de las materias denunciadas por parlamentarios respecto a su gestión.

En concreto, el Dictamen N° D344/2026 refiere a la solicitud de una nomina detallada de detectives PDI, la salida de la prefecta general de la PDI, Consuelo Peña, y la supuesta disolución de la Unidad Estratégica del Ministerio de Seguridad Pública.

En cuanto a la primera, la nómina de detectives, “se concluye que la actuación analizada no se ajusta estrictamente a las atribuciones y funciones que el ordenamiento jurídico asigna a la autoridad ministerial“, resolvió el organismo.

Desvinculación de Peña se “ajustó a derecho”

En cuanto a la consulta sobre la desvinculación de Peña, realizada por el diputado Patricio Pinilla, el ente fiscalizador señaló que “el dictamen establece que su retiro absoluto se dispuso mediante un decreto supremo“.

Ese mismo acto, agrega, fue cursado por la propia Contraloría el pasado 10 de abril de este año, asegurando que se “ajustaba a derecho”. Por lo tanto, dicha acción no fue cuestionada al formar parte de sus facultades.

Petición de nómina a la PDI “excedió facultad”

Respecto a la nómina de la Policía de Investigaciones, el documento señala que un oficio de Steniert pedía a la institución un informe sobre el personal de una Brigada Antinarcóticos y contra el Crimen Organizado vinculada a una causa penal en curso.

En esa línea, Contraloría precisa que ese primer requerimiento, en principio, “podría entenderse ajustado a las atribuciones” que los artículos 3° y 6° de la ley N° 21.730 confieren al MSP.

Sin embargo, luego advierte que el oficio exigía la nómina detallada, con nombre completo, cédula de identidad y grado, además de antecedentes disciplinarios y penales de cada uno de los funcionarios trasladados o cesados respecto a una causa específica.

Por lo tanto, el dictamen concluye que dicha exigencia “excede la facultad general de requerir informes conferida por el artículo 6° letra l)” de la ley.

Por último, Contraloría hizo hincapié en que los funcionarios cuyas nóminas fueron solicitadas pertenecían a una dependencia policial que apoyaba la labor investigativa que la propia Steinert Herrera encabezaba en su cargo anterior.

Esto, asegura, debió activar el “deber legal de abstención” que rige para los ministros de Estado, aun cuando el conflicto de intereses sea solo potencial.

Unidad Ministerial Estratégica: No hubo vulneración

Finalmente, respecto a la denuncia por la supuesta disolución de la Unidad Estratégica, primero Contraloría aclara que su eventual supresión, o el cambio de su dependencia directa, “requiere de una norma de rango legal”.

Así, aclara que el Ministerio informó en dos oportunidades que la unidad no había sido disuelta: en la última, en junio de 2026, aseguró que se fijó su nueva denominación como “Unidad Ministerial Estratégica”.

En consecuencia, la Contraloría concluye que la unidad “se mantiene en la estructura orgánica y sigue dependiendo directamente del Ministro de Seguridad Pública”, por lo que en esta materia “no se ha producido una vulneración a la citada ley N° 21.730”.