Operación Renta 2023: Así funcionará la retención de devolución de impuestos a deudores de pensión de alimentos

La medida, que se aplicará por primera vez, regirá para quienes sean parte del Registro Nacional de acuerdo a la Ley aprobada hace algunos meses. ¿Cuáles son las fechas claves para el proceso? Acá te contamos todos los detalles.

Miércoles 29 de marzo de 2023 | 18:21

Quedan pocos días para que comience oficialmente la Operación Renta, la cual traerá importantes modificaciones a partir de este 2023. Una de la más importantes tiene que ver con la retención de la devolución de impuestos a los deudores de pensión alimenticia que forman parte del Registro Nacional, lo que se aplicará por primera vez tras la aprobación de la ley que regula esta materia en el Congreso. La ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, confirmó la semana pasada que son más de 50 mil las personas que actualmente están en el mencionado registro por no pago de sus obligaciones alimentarias para con sus hijos e hijas.  

VER MÁS SOBRE BENEFICIOS ESTATALES

 

¿Cómo funcionará la retención?

El tesorero General de la República, Hernán Nobizelli, explicó en el sitio web oficial del gobierno que esta entidad debe consultar la información al Registro Civil previo a la devolución de renta. Si el contribuyente aparece como "deudor" o "deudora", la TGR "procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del/la menor de edad que tenga derecho a pensión alimenticia". “Si hay alguna inconsistencia, deben comunicarse con la entidad informante respectiva", agregó Nobizelli.

¿Cómo se realiza la declaración?

La Operación Renta 2023 comenzará oficialmente el próximo sábado el 1 de abril. Para realizarla, debes tener hacer el siguiente procedimiento:
  • Ingresar al sitio web del SII.
  • Ingresar a “servicios online” y seleccionar la opción “declaración de renta”. Una vez allí, debes hacer clic en “declarar renta (F22)”.
  • Ingresar RUT y Clave Única.
  • Seleccionar el año tributario a declarar. Recuerda revisar bien la información antes de hacer clic en "continuar".
  • Completar el formulario y hacer clic en “enviar”. A modo de precaución, se recomienda guardar una copia o como respaldo.

Fechas claves

Otro factor importante es tener en cuenta las fechas claves determinados por el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República. Los días más importantes son:
  • Si declaras entre el 1 y el 8 de abril, tendrás devolución el próximo 20 de abril.
  • Si declaras entre el 9 y el 27 de abril, tendrás la devolución el próximo 15 de mayo.
  • Si declaras entre el 28 de abril y el 10 de mayo, tendrás la devolución el próximo 29 de mayo.

Te podría interesar: