Fiestas Patrias 2023: ¿Cuál será el monto y cómo lo cobran trabajadores del sector privado?

Este dinero no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud.

Martes 29 de agosto de 2023 | 13:30

La celebración de Fiestas Patrias está a la vuelta de la esquina y con su arribo comienzan a subir los precios de algunos alimentos y pasajes para viajar, entre otras cosas. Sin embargo, para ayudar al bolsillo de los chilenos llegará el esperado aguinaldo de septiembre, dinero que ya tiene un monto para este 2023 de acuerdo a lo informado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Cuál será el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2023?

Según el organismo, el monto base de este año para los pensionados es de $23.261, cifra a la que se le debe sumar $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023. Por su parte, los trabajadores del sector público se les otorgará un monto de $81.196, siempre y cuando tengan una remuneración líquida igual o inferior a $943.703.  

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  Por el contrario, a quienes superen dicho sueldo recibirán $56.365. Estas últimas cifras fueron promulgadas en diciembre del 2022 en el artículo 8 de la Ley N°21.526.

¿Cuándo se paga el aguinaldo de Fiestas Patrias?

Cabe recalcar que este aguinaldo será entregado a los pensionados junto a su pensión mensual. Respecto a los trabajadores del sector público, dicho dinero comenzará a llegar este 1 de septiembre. Asimismo, es importante recordar no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud.

Aguinaldo en el sector privado

Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones). No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.

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