Feriado irrenunciable Fiestas Patrias 2025: qué días aplica y qué significa

Comenzaron las Fiestas Patrias en nuestro país y una de las preguntas frecuentes entre la personas es ¿qué días son feriados irrenunciables?. Entérate acá cuáles son y qué implicancias tiene.

Miércoles 17 de septiembre de 2025 | 20:28

Con la llegada de septiembre, una de las preguntas más recurrentes de los trabajadores y empleadores en Chile es qué días son feriados irrenunciables durante las Fiestas Patrias 2025 y qué implican en la práctica.

¿Qué significa un feriado irrenunciable?

A diferencia de un feriado común, el feriado irrenunciable establece que la gran mayoría de los trabajadores del comercio no pueden ejercer funciones en esas jornadas. Esto significa que el comercio debe cerrar sus puertas —con algunas excepciones como locales en aeropuertos, farmacias de turno o establecimientos atendidos por sus propios dueños—, garantizando así que los trabajadores tengan descanso asegurado.

La regulación está contenida en la Ley N° 19.973, que dispone sanciones para quienes no respeten la norma, con multas que varían según el número de trabajadores contratados.

Ver también: Peaje a “luca” en Fiestas Patrias: Revisa dónde, cuándo y a qué hora estarán disponibles

¿Cuándo aplica el feriado irrenunciable en Fiestas Patrias 2025?

En 2025, el calendario trae varios días de celebración:

  • Jueves 18 de septiembre: Feriado irrenunciable.

  • Viernes 19 de septiembre: Feriado irrenunciable.

  • Sábado 20 y domingo 21 de septiembre: Fines de semana sin carácter de feriado irrenunciable, pero igualmente corresponden a descanso para quienes no trabajan en fin de semana.

Es decir, este año los trabajadores del comercio tendrán al menos dos días garantizados de descanso obligatorio en medio de un fin de semana largo de cuatro jornadas.

¿Qué pasa si un empleador no respeta la norma?

La Dirección del Trabajo es la entidad fiscalizadora. Si una empresa obliga a un trabajador del comercio a cumplir funciones en días irrenunciables, se expone a multas que pueden superar el millón de pesos por cada trabajador afectado, en el caso de las grandes tiendas. 

¿Quiénes sí pueden trabajar?

La ley contempla algunas excepciones:

  • Establecimientos de entretención como cines, restaurantes, locales de espectáculos.

  • Farmacias de urgencia y de turno.

  • Bencineras y servicios básicos de transporte.

  • Locales atendidos por sus propios dueños.

Ver también: ¿Aún te faltan compras de Fiestas Patrias? Revisa cómo funcionará el comercio el 18 y 19 de septiembre

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