¿Cuáles son los beneficios compatibles con el IFE Laboral y quiénes quedan fuera del aporte estatal?

Al momento de postular a la ayuda económica, se contemplan al menos tres requisitos; entre ellos, el contar con un nuevo contrato de trabajo reciente, que incluya una renta mensual bruta inferior a $1.011.000. A continuación, los detalles a considerar para realizar la solicitud.

Miércoles 8 de septiembre de 2021 | 21:18

En el sitio web www.subsidioalempleo.cl se encuentra habilitada la plataforma para postular al IFE Laboral correspondiente al mes vigente de septiembre, un proceso que se inició a partir del pasado miércoles 1.

El IFE Laboral se trata de un aporte económico para aquellos trabajadores y trabajadoras que tengan un empleo formal, cuya remuneración mensual bruta no exceda lo equivalente a tres Ingresos Mínimos Mensuales, es decir, $1.011.000 aproximadamente.

Asimismo, el beneficio considera diferentes montos dependiendo del rango etario del postulante. En mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 y personas con discapacidad certificada, la ayuda corresponde al 60% de su remuneración bruta, con tope de $250 mil mensuales. Mientras que en hombres mayores de 24 años y menores de 55, tendrían un subsidio equivalente al 50% de su remuneración bruta, con un máximo de $200 mil.

¿Puedo recibir el IFE Laboral si actualmente tengo otro beneficio?

De acuerdo con lo informado en el sitio web, el IFE Laboral sí es compatible con otras ayudas estatales. Estas son:

  • IFE Universal
  • Subsidio Protege.
  • Bono al Trabajo a la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ).
  • Ingreso Mínimo Garantizado
  • Subsidio Contrata (lo que quiere decir que empleador y trabajador pueden estar subsidiados de forma simultánea).
Lee también: Comenzó postulación al Préstamo Solidario de septiembre: ¿Quiénes lo reciben y cómo hacer el trámite?

¿Quiénes no pueden postular?

Aquellas personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo, son parte del grupo que no pueden postular el beneficio. O más bien, sí pueden hacerlo, pero la ayuda no les sería asignada debido a esta causal.

Otras de las consideraciones, apunta a quienes ya estén recibiendo alguno de los beneficios establecidos en la Ley de Crianza Protegida, o si es que los efectos del contrato actual de trabajo se mantengan suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.

Por otro lado, los trabajadores y trabajadoras del sector público tampoco pueden ser beneficiarios del IFE Laboral.

Y quienes se encuentran con licencia médica, incluyendo pre y post natal, tampoco obtendrán el aporte si es que dicho documento está vigente al momento de la postulación.

¿Cuáles son los requisitos?

Son al menos tres requisitos los que se contemplan al momento de realizar la solicitud de la ayuda económica:

1. Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).

2. Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales ($1.011.000).

3. Haber estado cesante al menos un mes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo.

Quienes hayan suscrito un contrato de trabajo antes de agosto de 2021, igualmente pueden postular al beneficio, siempre que sean actualmente beneficiarios del Subsidio al Nuevo Empleo.

Lee también: Termina el plazo para postular al Sistema de Admisión Escolar: ¿Dónde y cómo hacerlo?

¿Cuáles son los plazos?

El inicio de la postulación para el IFE Laboral en septiembre ya comenzó. En este caso, es necesario contar con un nuevo contrato de trabajo que haya sido adquirido entre el 1 de agosto al 30 de septiembre, con una fecha de pago dispuesta para comienzos de noviembre.

Lo mismo sucede, por ejemplo, con la postulación correspondiente a octubre. Aquellos postulantes deben tener un nuevo contrato de trabajo suscrito entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre; mientras que la transferencia del dinero sería a partir del 1 de diciembre del presente año.

www.subsidioalempleo.cl

El pago del IFE Laboral se llevará a cabo a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria personal que el beneficiario haya registrado al momento de la postulación. Pero hay que destacar que esta cuenta debe estar asociada al RUT de la persona, ya que de no ser así, el pago no se concretará.