Comienza la Ley de Teletrabajo: ¿Quiénes pueden acceder y qué derechos laborales reconoce?

La ley contempla características de quienes pueden acceder, documentación de acreditación y junto con ello, reconoce ciertos derechos laborales. ¿Cómo funciona? Aquí el detalle.

Viernes 26 de enero de 2024 | 19:47

El próximo lunes comienza a regir la Ley que concilia la vida laboral, familiar y personal, la cual fue promulgada el diciembre del 2023 por el Presidente Gabriel Boric. La norma establece el derecho al trabajo a distancia, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.  

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  Sin embargo, esta ley contempla ciertas características de quienes pueden acceder, documentación de acreditación y junto con ello, reconoce ciertos derechos laborales. ¿Cómo funciona? Acá el detalle.

¿Quiénes pueden acceder a la Ley de Teletrabajo?

Las personas que podrán acceder a la Ley que concilia la vida laboral, familiar y personal son los o las trabajadores que se encuentren bajo las siguientes circunstancias:
  • Que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años.
  • Que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida. Debe tratarse de labores de cuidados no remuneradas.

¿Qué derechos laborales reconoce la ley?

Esta nueva normativa reconoce ciertos derechos laborales, los cuales se encuentran destinados a favorecer la conciliación de la vida familiar:
  • Uso preferente del feriado legal:  Establece que las y los trabajadores que tengan a su cuidado a un menor de 18 años con una discapacidad, tendrán derecho a solicitar el feriado legal durante el periodo de vacaciones establecido por el Ministerio de Educación.
  • Solicitud de ajustes de sistemas de turnos: Los trabajadores tendrán el derecho a solicitar que se modifiquen transitoriamente turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante dichos periodos.
Lo anterior, debe realizarse durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación y cuando la naturaleza de las funciones lo permita.

¿Cómo puedo acreditar ser cuidador de personas causantes del derecho?

Las o los trabajadores deberán acreditar que son cuidadores de personas causantes del derecho mediante a:
  • Certificados de nacimiento del niño o niña.
  • Certificados de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad.
  • Registro de cuidador de una persona en situación de dependencia moderada o severa.