Bonos para cesantes en 2025: Conoce las 4 ayudas a las que puedes acceder sin empleo
Estas ayudas se vuelven esenciales si se considera que la tasa de desocupación alcanzó el 8,8% en el último trimestre (febrero-abril), de acuerdo al INE.
Domingo 1 de junio de 2025 | 17:34
En Chile existen hasta cuatro formas para acceder a apoyos económicos para quienes estén pasando por un periodo de cesantía.
Estas ayudas se vuelven esenciales si se considera que la tasa de desocupación alcanzó el 8,8% en el último trimestre (febrero-abril), de acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía permite a trabajadoras y trabajadores cesantes acceder a una ayuda mensual, por un máximo de 360 días.
Para acceder hay que cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos firmados después de esta fecha, aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC).
Fondo de Cesantía Solidario
Este aporte, del Estado y del empleador, otorga prestaciones por cesantía. Para acceder a él, el beneficiario no debe contar con recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Los requisitos son:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato que haya terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio económico destinado a afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Las condiciones, a continuación:
- Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
Indemnización por término de contrato
Esta es la cuarta y última ayuda de este tipo, y actúa como reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio.
¿En qué consiste? Se trata de un acuerdo que se puede alcanzar con el empleador después del séptimo año de relación laboral. Es una opción flexible y simple para recibir la ayuda.