Bono Post Laboral 2025: Revisa QUIÉNES pueden obtener casi $100 mil mensuales de por vida

El beneficio estatal mensual está destinado de por vida a cierto grupo de trabajadores, una vez que cumplan la edad mínima para jubilarse. Conoce acá todos los detalles del aporte económico.

Jueves 24 de abril de 2025 | 08:15

El Bono Post Laboral es un beneficio estatal mensual que está destinado de por vida a cierto grupo de trabajadores, una vez que cumplan la edad mínima para jubilarse.

Dicho aporte busca aumentar el monto de las pensiones de aquellos afiliados a una AFP, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.

Ver también: Nueve comunas de Santiago tendrán corte de luz este jueves 24: Revisa si en tu sector habrá trabajos de Enel

Cabe destacar que este bono no es imponible ni constituye indemnización o renta, sin embargo, solo tienes un año para postular a este una vez cumplas 60 años, en el caso de las mujeres, o 65 años, en el caso de los hombres.

¿A quiénes va dirigido el Bono Post Laboral?

Si eres o fuiste funcionario público, podrías obtener los $98.670 del Bono Post Laboral. Pese a que necesitas tener ciertos requisitos, el principal es haber participado en una de las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
  • Corporaciones de Asistencia Judicial 
  • Universidades estatales
  • Contraloría General de la República
  • Consejo Nacional de Televisión
  • Consejo Superior de Educación 
  • Dirección General de Aeronáutica Civil
  • Fonadis
  • Sercotec
  • Conaf

Ver también: Precio de la bencina sufre importante baja para este jueves 24 de abril: Revisa cuánto caerán los combustibles

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono Post Laboral?

De acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, si trabajaste en una entidad del Estado, debes cumplir con los siguientes ítems para postular ante tu jefatura superior del servicio u organismo que se encuentre desempeñando funciones el Bono Post Laboral.

Revisa los requisitos:

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

Artículos Relacionados

Sin artículos relacionados.