Bono por Hijo: ¿Cómo saber si me corresponde el beneficio y cuáles son los requisitos?

Se trata de un aporte económico entregado a las mujeres por cada hijo nacido vivo o adoptado. Es necesario reiterar que el monto asociado al bono no se paga luego del nacimiento del hijo o hija, sino que se entrega cuando la madre se pensiona. Estos son los detalles.

Miércoles 25 de mayo de 2022 | 18:39

El Bono por Hijo corresponde a un beneficio que, mediante el incremento del monto de la pensión de la mujer, entrega una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.

Dicho aporte económico otorgado por el Estado, según indica el Instituto de Previsión Social (IPS), está dedicado a aquellas madres que se encuentren afiliadas al sistema del DL 3500 y que no tengan afiliación a otro régimen previsional, así como a las que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).

El beneficio también incluye a las madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o Instituto de Previsión Social, IPS (ex INP).

Es necesario reiterar que el monto asociado al bono no se paga luego del nacimiento del hijo o hija, sino que se entrega cuando la madre se pensiona.

¿Cuáles son los requisitos?

Pueden ser beneficiarias de esta bonificación todas las mujeres que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Tengan 65 o más años de edad.
  • Haber tenido hijos vivos o adoptados en cualquier época.
  • Tener al menos 20 años de residencia en el país, luego de haber cumplido 20 años de edad; y haber vivido en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio. A quienes se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Diplomáticos, se les computará el tiempo que vivieron en el extranjero.
  • Haberse pensionado desde el 1 de julio de 2009 en adelante.

Montos del Bono por Hijo

La bonificación que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació.
  • En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

¿Cómo puedo saber si me corresponde el beneficio?

Para saber si puedes acceder al monto, hay que ingresar al sitio web persona.ipsenlinea.cl del IPS y seguir los siguientes pasos:

  • Escribir el RUT y hacer clic en Ingresar.
  • Hacer clic en Pilar Solidario y Bono por Hijo.
  • Seleccionar Bono por Hijo.
  • Hacer clic en Ingresar solicitud.
  • Hacer clic en ClaveÚnica.
  • Escribir RUN y clave, y hacer clic en Autenticar. Si no estás registrada, debes solicitar una ClaveÚnica.
  • Completar los antecedentes solicitados.
  • Como resultado del trámite, habrás postulado a la bonificación por hijo.