Motel de Quintero debe pagar $40 millones a joven que fue mordido por tres perros cuando abandonaba el recinto

La Corte Suprema ratificó la sentencia contra el establecimiento, al cual se le exige cancelar $40 millones por daño moral a huésped que fue atacado por tres perros del motel. 

Miércoles 8 de octubre de 2025 | 17:09

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y ratificó la sentencia contra el motel El Duende Mantagua de Quintero, región de Valparaíso. 

Ahí, se ordenó al establecimiento a pagar $40 millones por daño moral y emergente a un huésped que fue atacado por tres perros del motel. 

La Primera Sala del máximo tribunal desestimó el recurso presentado por la empresa hotelera Inmobiliaria e Inversiones El Duende de Mantagua SpA por "manifiesta falta de fundamento y por ir en contra de hechos establecidos por los jueces del fondo", informó Radio Bío Bío. 

El ataque ocurrió el 15 de noviembre de 2020, cuando la víctima fue hasta el sector de estacionamientos para subir a su vehículo y abandonar el lugar, sin embargo, fue atacado por tres perros de raza rottweiler, los cuales estaban sueltos. 

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Víctima resultó con graves lesiones

Debido al ataque, el joven resultó con graves mordeduras en sus piernas y brazos, con pérdida de masa muscular, y tuvo que someterse a cirugías para evitar infecciones y septicemias, agregó el citado medio. 

Por este motivo, el recinto fue sentenciado a pagar al afectado una indemnización de $30 millones y otros $10 millones a la madre del joven por "el dolor" que produjo la agresión a su hijo.

Motel buscó anular la sanción

La empresa sancionada buscó revertir el fallo y argumentó que no se tuvo presente la "culpa de la propia víctima" al no cumplir con las instrucciones del personal del recinto respecto de "la presencia de perros sueltos y la necesidad de comunicarse con la administración para hacer abandono del recinto".

De acuerdo a sus fundamentos, si eso se hubiese cumplido, "el hecho dañoso no se habría producido". No obstante, tras examinar los antecedentes, el máximo tribunal determinó que no se presentaron antecedentes suficientes para demostrar que la víctima tuvo una exposición imprudente al riesgo.