Prohibido bloquear: Gobierno de Kast establece decálogo de reglas en redes sociales para autoridades

El documento da cuenta de los lineamientos para las autoridades entrantes y establece normas para el uso de redes sociales de autoridades y las cuentas institucionales.

Jueves 12 de marzo de 2026 | 08:06

El gobierno del presidente José Antonio Kast difundió un documento en el que establecen reglas para el uso de las redes sociales y cuentas institucionales.

El documento lleva por nombre “Decálogo de prohibiciones en Redes Sociales para Autoridades” y da cuenta de los límites y lineamientos para las autoridades entrantes. 

Dentro de los puntos más importantes que señala el texto está la instrucción de no bloquear a usuario en redes sociales desde cuentas institucionales, pues afecta el derecho a la información.

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Las cuentas institucionales tampoco pueden utilizarse para promover la imagen personal de autoridades.

El decálogo del gobierno de Kast

  • No realizar proselitismo político: Está estrictamente prohibido usar el cargo, las dependencias estatales o bienes institucionales para hacer propaganda, promover campañas o intervenir en reuniones de carácter político-partidista.
  • No usar la cuenta institucional para fines personales: Los medios digitales del Estado solo pueden utilizarse para dar a conocer información directamente relacionada con el cumplimiento de las funciones propias de la institución.
  • No bloquear usuarios unilateralmente: Las cuentas institucionales no deben bloquear a ciudadanos por emitir opiniones o expresiones en la plataforma, ya que esto vulnera el derecho a la información y participación.
  • No publicar información oficial de forma previa o exclusiva en cuentas personales: Ningún ministro o funcionario puede entregar información obtenida en su cargo a través de su cuenta privada antes de que sea publicada por el canal institucional del servicio.
  • No personalizar la difusión de actividades (Abuso de imagen): No se debe incorporar de manera reiterada la imagen de la autoridad asociada a la difusión de actividades institucionales, especialmente en periodos electorales, para evitar el beneficio personal con recursos públicos.
  • No incluir enlaces a cuentas personales en sitios oficiales: Los sitios web y redes sociales institucionales no deben tener links que redirijan a las cuentas o casillas particulares de las autoridades, para no potenciar vías de comunicación ajenas a la función pública.
  • No emitir expresiones ajenas al funcionamiento institucional: No se ajusta a derecho utilizar las redes sociales del organismo para emitir juicios o mensajes que no tengan relación directa con las tareas que el ordenamiento jurídico encomendó a la entidad.
  • No discriminar al usar herramientas de restricción: Si bien se puede usar la “restricción de comentarios” para administrar la cuenta, esto nunca debe hacerse vulnerando los principios de igualdad y no discriminación.
  • No favorecer o perjudicar candidaturas: Se prohíbe valerse de la autoridad o del cargo para beneficiar o dañar a determinados partidos políticos, tendencias o candidatos.
  • No ejercer actividad política en jornada laboral: Incluso en sus cuentas privadas, las autoridades solo pueden ejercer sus derechos políticos y emitir opiniones de esa naturaleza fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios.