"Fue una desproporción total": Condenan a militar que disparó a hombre en Concepción en octubre de 2019

El hecho, que fue ampliamente difundido en redes sociales durante el estallido social, se observaba al funcionario del Ejército disparar en la pierna a un manifestante en la capital de la Región del Biobío.

Viernes 16 de junio de 2023 | 17:15

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó este viernes la condena en contra del sargento del Ejército, Héctor Herrera Villa, en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos, por un hecho registrado en octubre de 2019. El pasado 22 de octubre de 2019, en pleno período de estallido social, el efectivo militar fue detenido tras disparar en la pierna a un joven que participaba de las protestas en la capital de la Región del Biobío.  

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  Un registro del incidente fue ampliamente difundido en redes sociales. Los hechos ocurrieron en el sector de Remodelación Paicaví en Concepción, luego que comenzara el toque de queda vigente en ese entonces, el cual partía a las 18:00 horas. El video mostraba a la víctima acercándose a personal del Ejército, cuando de pronto uno de ellos le grita: “Al suelo, mierda”. Al no hacerle caso, en el mismo instante el uniformado percuta su arma hacia las piernas del joven, quien cayó al suelo inmediatamente. Por esta razón, el uniformado pasó a control de detención bajo los cargos de apremios ilegítimos.

"Una conducta desproporcionada"

En resolución unánime, el Tribunal acreditó tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del acusado, fundada en las pruebas entregadas por el Ministerio Público y los acusadores particulares. El fiscal para causas de Derechos Humanos, Nelson Vigueras, indicó que fue un "hecho que causó gran conmoción, tuvo bastante connotación pública amén de la circulación de dos videos a escasas horas de ocurrido el hecho, lo que nos permitió junto con la prueba de cargo demostrar la existencia del delito de apremios ilegítimos". El persecutor detalla que la víctima se trata de "un obrero de la construcción", quien luego del ataque quedó "con una incapacidad importante para poder trabajar al día de hoy". Durante el juicio, la defensa del imputado pretendió juzgar la conducta de la víctima por infringir el toque de queda, algo que desde la Fiscalía sostienen que "constituye una falta penal que no admite detención y que lo que corresponde en este caso era conducirlo ante Carabineros". "Esta víctima recibe un disparo de un funcionario del Ejército, constituyendo esto una conducta absolutamente desproporcionada a la infracción que estaba cometiendo y a la forma en que se produjeron los hechos", agregó Vigueras. En ese sentido, el fiscal recalcó que "la víctima en ningún momento lo agredió, lo amenazó, lo coaccionó en ningún sentido. Por lo tanto, esto fue una desproporción total, sin ninguna advertencia". La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para el 22 de junio a las 13:30 horas.

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