Fronteras internacionales abrirían a fin de mes: Ministerio de Salud no pedirá cuarentena a los visitantes

Acompañado de un protocolo y con el permiso del Minsal, el aeropuerto Arturo Merino Benítez abrirá sus puertas a vuelos internacionales. Como medida de seguridad, se pedirá PCR negativo y habrá vigilancia de la situación de los visitantes, sin cuarentena.

Martes 10 de noviembre de 2020 | 10:34

Un decreto del Ministerio de Salud (Minsal) permitiría la apertura de las fronteras nacionales en el país, las cuales se mantienen cerradas desde el 17 de marzo debido al coronavirus.

Esto vendría acompañado de un protocolo de la cartera, que establece una serie de controles y medidas de seguridad para evitar un aumento en los contagiados.

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El plan del Minsal, según explica la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, es de apertura gradual. En esta fase, sólo se levantará el cierre en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez. El resto de fronteras seguirán cerradas.

Apertura

Entre las diversas medidas que tendrá el permiso de viajes internacionales está, entre otras, que no habrá restricción al ingreso de los visitantes en función de la situación epidemiológica del lugar de donde provengan.

Eso sí, se les pedirá una declaración jurada sobre su origen, destino y eventual presencia de síntomas atribuibles a COVID-19, así como un examen PCR con resultado negativo, cuya antigüedad debe ser menor a 72 horas.

Sin cuarentena

Los visitantes, además, no necesitarán realizar cuarentena y podrán recorrer libremente el país, pero serán controlados a través de una aplicación que va a monitorear sus síntomas.

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“Lo más importante es el principio de la trazabilidad y tenemos que tenerlo bien implementado antes de abrir las fronteras. Todas las personas que ingresen al país estarán en un periodo de vigilancia de 14 días”, aseguró Daza.

Asimismo, enfatizó que tendrán que reportar sus síntomas y ubicación, arriesgando sanciones a quienes incumplan el protocolo.

Actualmente, solo se permiten ingresos y salidas del país para casos esenciales, y únicamente pueden hacerlo chilenos y extranjeros con residencia establecida.