Corte de Iquique anuló juicio por crimen de mujer transgénero tras no calificar como "femicidio"
Según estableció la Corte de Apelaciones de Iquique, la figura de "femicidio" que se utilizó para condenar al autor del homicidio sólo contempla como titular del bien jurídico "a una persona biológicamente mujer".
Jueves 5 de octubre de 2023 | 17:19
¿Qué dice el fallo de la Corte de Apelaciones?
"Sobre esa base, entonces, enfrentados al análisis de la figura típica propuesta por el Persecutor, esto es, el delito de Femicidio (...), debe observarse que éste no cotempla en su redacción como sujeto pasivo de la acción que describe, a una mujer transgénero", dice el fallo. "Sino que se limita a emplear la expresión mujer, razón por la cual no cabe sino comprender, a la luz de la descripción que hace el legislador (...), que el señalado injusto sólo contempla como titular del bien jurídico protegido, a una persona biológicamente mujer", finaliza.Reacciones al fallo de la Corte
A través de su cuenta de Twitter, la diputada Emilia Schneider lamentó el fallo y lo calificó como como una muestra de "transodio institucional", según expresó. "Absurdo e inaceptable. La justicia decide dejar en impunidad un crimen de odio. Esto es lo que llamamos transodio institucional. No se entiende esta falta de criterio. Impunidad y mal gasto de tiempo y recursos. Urge avanzar en el reconocimiento de las violencias hacia personas trans, en eso estamos trabajando!".Absurdo e inaceptable. La justicia decide dejar en impunidad un crimen de odio. Esto es lo que llamamos transodio institucional. No se entiende esta falta de criterio. Impunidad y mal gasto de tiempo y recursos. Urge avanzar en el reconocimiento de las violencias hacia personas… https://t.co/bsQBN1ztZb
— Emilia Schneider (@emischneiderv) October 5, 2023